Medición acústica

Desde Depma ECA prestamos servicios en el campo de la medición acústica para la realización de todo tipo de estudio acústico.

Depma ECA

Desde Depma ECA prestamos servicios en el campo de la medición acústica para la realización de todo tipo de estudio acústico mediante nuestro equipo de sonómetro integrador, así como mediante el uso del software especializado en medición de ruido ambiental CadnaA.

Nuestros servicios en el área de Medición Acústica / Estudio Acústico

Estudio acústico preoperacional

Son aquellos estudios requeridos en la normativa e incluidos en los procesos de calificación ambiental, autorización ambiental integrada y unificada, necesarios para la obtención de la correspondiente licencia. Utilizamos el software CadnaA para la realización de este tipo de estudio acústico.

    Estudio acústico operacional

    Estudios operacionales in situ requeridos para aquellas actividades que necesitaron un estudio preoperacional y que la normativa exige de un estudio posterior, es decir, una vez llevado a cabo la puesta en marcha de la actividad. De esta manera se verifica el cumplimiento de los valores de emisión con los expertos en la legislación. Utilizamos el software CadnaA para la realización de este tipo de estudio acústico.

    Estudio acústico de planeamiento

    Tal y cómo se desprende del artículo 43 del Decreto 6/2012, de 17 de enero, todos los instrumentos de planeamiento urbanístico sometidos a evaluación ambiental deben incluir un estudio acústico.

      Medición de ruido ambiental / Medición de sonido

      Medición de ruido requerida mayormente a las actividades sujetas a calificación ambiental. Son exigidos por los Ayuntamientos y corresponden a los siguientes tipos:

        1. Transmisión e inmisión al exterior.
        2. Aislamiento a ruido aéreo y aislamiento de fachada.
        3. Ensayos a ruido de impacto.

      Trabajos relacionados

      Proyecto de estudio preoperacional de vertederos

      Proyecto de estudio acústico preoperacional en EDAR

      Preguntas frecuentes

      ¿Cuándo es necesario realizar este tipo de estudio acústico?
      1. Los proyectos de actividades e instalaciones productoras de ruidos y vibraciones que generen niveles de presión sonora iguales o superiores a 70 dBA, así como sus modificaciones y ampliaciones posteriores con incidencia en la contaminación acústica, requerirán para su autorización, licencia o medio de intervención administrativa en la actividad que corresponda, la presentación de un estudio acústico realizado por personal técnico competente.
      2. Las Administraciones competentes para el conocimiento de los estudios acústicos podrán disminuir el umbral de 70 dBA establecido en el apartado 1, con carácter general para actividades situadas en zonas acústicas especiales o de forma individualizada a actividades, cuando se produzca alguna de las circunstancias siguientes:
        • Cuando las actividades se ubiquen en zonas acústicamente saturadas, zonas de protección acústica especial o en zonas de situación acústica especial.
        • Cuando se prevea una posible superación de los objetivos de calidad acústica previstos en el presente Reglamento en las áreas de sensibilidad acústica en que se sitúen las actividades.
        • Cuando se prevea una posible superación de los valores límite previstos en el Decreto 6/2012, de 17 de enero, en el área de sensibilidad acústica en la que vaya a desarrollarse la correspondiente actividad.
      ¿Cuándo es necesario un estudio acústico de planeamiento?
      • Los instrumentos de planeamiento urbanístico sometidos a evaluación ambiental deben incluir entre la documentación comprensiva del estudio de impacto ambiental un estudio acústico para la consecución de los objetivos de calidad acústica previstos en este Reglamento.
      • El contenido mínimo de los estudios acústicos para los instrumentos de planeamiento urbanístico, será el establecido en la Instrucción Técnica 3.
      ¿En qué supuestos es necesario presentar un estudio acústico para modificaciones de planeamientos?
      • Tal y cómo se desprende del artículo 43 del Decreto 6/2012, de 17 de enero, todos los instrumentos de planeamiento urbanístico sometidos a evaluación ambiental deben incluir un estudio acústico.
      ¿Qué es la medición acústica?
      • Las Mediciones Acústicas se refieren a la evaluación de los datos que describen las características de los sonidos y los ruidos en cuanto a su intensidad y distintas propiedades, como los espectros.
      ¿Cómo se mide la acústica de un lugar?
      • Para evaluar la contaminación acústica, se requiere disponer de herramientas especializadas, tales como dispositivos para medir la presión sonora y analizadores de frecuencia.

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